La Corte Suprema de la Nación deberá decidir sobre la vacancia en la Defensoría del Pueblo, que ya lleva 13 años
En una causa iniciada por ACIJ, ADC, FARN, Fundación Sur, INECIP y Poder Ciudadano en la que ya hay una sentencia firme declarando que el Poder Legislativo está incurriendo en una “omisión inconstitucional”, las organizaciones actoras requerimos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ordene al Congreso dar comienzo el procedimiento de selección de un/a Defensor/a del Pueblo de la Nación. Dado que dicho recurso fue declarado admisible, el máximo tribunal de justicia deberá resolver si corresponde al Poder Judicial establecer medidas que reviertan la situación de acefalía en la Defensoría del Pueblo de la Nación, que ya lleva 13 años.
En el marco de dicha causa, se encuentra vigente una sentencia que exhorta al Poder Legislativo “al cumplimiento de la obligación de designar Defensor del Pueblo según lo previsto en el art. 86 de la Constitución Nacional”. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones sostuvo que dicha sentencia -que se encuentra incumplida por el Congreso desde el año 2016– no era ejecutable, por lo cual no se podrían establecer medidas para obligar al Congreso a cumplirla. Contra esta sentencia, las organizaciones presentamos un recurso extraordinario federal a fin de que la Corte intervenga en el caso.
La Defensoría del Pueblo de la Nación es una figura fundamental en nuestro sistema de defensa de los derechos humanos, en el control de los actos de gobierno y ejerciendo como canal de comunicación entre el Estado y la sociedad. Sin embargo, el cargo que debería ocupar su titular lleva más de 13 años vacante, en un contexto en el que el 37,3% de la población se encuentra por debajo de la línea de pobreza, y siguen siendo notorias las debilidades de nuestro sistema institucional para garantizar el acceso igualitario a los servicios públicos, a la salud, a la vivienda, a la justicia, entre otros.
Esperamos que la Corte Suprema ejerza las facultades y herramientas con las que cuenta a fin de lograr que el Congreso cumpla su obligación constitucional de elegir una Defensora o Defensor del Pueblo, que garantice el derecho de las personas, particularmente de los grupos tradicionalmente vulnerabilizados. A su vez, la importancia del caso amerita que la Corte Suprema abra una instancia de audiencias públicas para que las personas interesadas, especialistas y activistas puedan expresar sus opiniones.
El rol de la Corte en este caso, no es suplantar la voluntad del Congreso de la Nación, pero sí exigir que realice las acciones que sean necesarias para revertir la omisión inconstitucional de ambas Cámaras, estableciendo directivas precisas respecto a las acciones que debe realizar el órgano legislativo.
Organizaciones firmantes:
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
Asociación por los Derechos Civiles (ADC)
Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
Fundación Sur Argentina
Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
Poder Ciudadano