Acuerdo sobre comercio electrónico: Desafíos y oportunidades
El 29 de abril de 2021, en la sede central del Mercosur los representantes de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay celebraron el Acuerdo sobre Comercio Electrónico del Mercosur (el “Acuerdo”).
En el presente trabajo analizamos su impacto en la protección de datos personales en los Estados parte y en el desarrollo del comercio electrónico en la región. Para ello, evaluamos primero el contexto en el cual surge el Acuerdo, tanto respecto del crecimiento exponencial del comercio electrónico local, especialmente tras los efectos de la pandemia de Covid-19, como de otros acuerdos, documentos e iniciativas internacionales en el marco del Mercosur. Seguidamente, analizamos en detalle sus artículos y destacamos diversos ejemplos de su futura aplicación.
Además, nos detenemos en el marco regulatorio local de los Estados Parte, analizando para cada territorio el impacto del Acuerdo en los diversos aspectos principales en materia de protección de datos: los estándares internacionales, incluyendo principios generales tales como el previo consentimiento, finalidad, calidad, seguridad, responsabilidad, entre otros; las medidas de seguridad; las transferencias internacionales de datos y las comunicaciones comerciales directas no solicitadas. También comparamos al Acuerdo con otros instrumentos internacionales en materia de datos personales y economía digital, incluyendo otros acuerdos comerciales regionales como el Acuerdo de Asociación de Economía Digital (DEPA, por su sigla en inglés), el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (CPTPP, por su sigla en inglés), y los Acuerdos de Libre Comercio entre Argentina y Chile, y Uruguay y Chile, cuyas similitudes permiten concluir que sus textos sirvieron de fuente directa.
Para terminar, brindamos tres conclusiones principales: Argentina, Paraguay y Uruguay deberán adaptar su legislación local de protección de datos personales para cumplir con el texto del Acuerdo; la similitud del texto del Acuerdo con otros convenios internacionales de comercio muestra su valor para que el Mercosur retome negociaciones internacionales con la Unión Europea y con los países del CPTPP; y la promoción del comercio electrónico y de la co-regulación en el Mercosur puede ser positiva para la protección de los datos personales, la privacidad y los derechos humanos en la región. Con estas conclusiones, dilucidamos las oportunidades y desafíos que el Acuerdo presenta para la protección de datos y el desarrollo del comercio electrónico en el Mercosur.