La ADC expresa su preocupación ante el intento de promover un juicio político contra la Corte Suprema
La Asociación por los Derechos Civiles observa con gran preocupación el intento del Poder Ejecutivo de promover un juicio político contra todos los integrantes de la Corte Suprema de la Nación. Si se tiene en cuenta que esta constituye, desde los comienzos mismos de nuestra vida institucional, el garante final de la tutela de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, consideramos inadmisible que se intente remover de sus cargos a los magistrados de la Corte Suprema con argumentos que, principalmente, se basan en el contenido de sus sentencias.
Resulta, así, incomprensible que uno de los argumentos centrales para promover el juicio político resulte ser la reciente decisión del Tribunal en el caso “Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c. Estado Nacional” (sentencia del 21.12.2022). Cabe destacar que ese pronunciamiento sigue fielmente la jurisprudencia de la CSN desarrollada bajo gobiernos anteriores en los casos “Provincia de Santa Fé c. Gobierno Nacional c. Estado Nacional” (Fallos: 338:1389, sentencia del 24.11.2015) y “Provincia de Entre Ríos c. Estado Nacional” (Fallos: 342:1591, sentencia del 01.10.2019), entre otros.
El disenso con las decisiones de los tribunales no puede ser causal de juicio político a menos que se cumpla con los estrictos requisitos del delito de prevaricato (artículo 269 del Código Penal), el cual requeriría que las autoridades judiciales competentes comprueben el ilícito.
La ADC recuerda que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado en una constante jurisprudencia que “el ejercicio autónomo de la función judicial debe ser garantizado por el Estado tanto en su faceta institucional, esto es, en relación con el Poder Judicial como sistema, así como también en conexión con su vertiente individual, es decir, con relación a la persona del juez específico. El Tribunal estima pertinente precisar que la dimensión institucional se relaciona con aspectos esenciales para el Estado de Derecho, tales como el principio de separación de poderes y el importante rol que cumple la función judicial en una democracia. Por ello, esta dimensión institucional trasciende la figura del juez e impacta colectivamente en toda la sociedad. Asimismo, existe una relación directa entre la dimensión institucional de la independencia judicial y el derecho de los jueces a acceder y permanecer en sus cargos en condiciones generales de igualdad, como expresión de su garantía de estabilidad” (caso “López Lone y otros vs. Honduras”, sentencia del 5.10.2015, parr.194).
Consideramos que la promoción del presente juicio político no es compatible con los principios nombrados y que su eventual concreción podría ocasionar reclamos contra la República Argentina ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y otros sistemas de protección internacional de los Derechos Humanos.